lunes, 20 de junio de 2011

He Aprendido

  • Aprendí que la distancia puede causar nostalgia, pero nunca olvido…
  • Aprendí que no importa lo que suceda, o lo ruín que parezca el día de hoy, la vida continúa, y el mañana será mejor.
  • Aprendí que se puede conocer bien a una persona, por la forma en que reacciona ante tres cosas:
  • - un día lluvioso,
  • - un equipaje perdido y
  • - los haces de luces de un árbol de Navidad que se entrelazan.
  • Aprendí que, no importa el tipo de relación que tengas con tus padres, sentirás su falta cuando ellos no estén.
  • Aprendí que “saber ganar” la vida no es lo mismo que “saber vivir”.
  • Aprendí que la vida, a veces, nos da una segunda oportunidad.
  • Aprendí que vivir no es sólo recibir, también es dar.
  • Aprendí que si buscas la felicidad, te ilusionas. Pero, si centras la atención en la familia, en los amigos, en las necesidades de los demás, en el trabajo y en intentar hacer lo mejor, la felicidad te encontrará.
  • Aprendí que siempre que decido algo con el corazón abierto, generalmente acierto.
  • Aprendí que cuando siento dolor, no necesito ser un dolor para los demás.
  • Aprendí que diariamente necesito llegar y tocar a alguien. A las personas les gusta un toque humano, sentir una mano amiga, recibir un abrazo afectuoso, o simplemente una palmada amistosa en la espalda.
  • Aprendí que aún tengo mucho que aprender.

viernes, 10 de junio de 2011

Respuesta a Lourdes Borrell

Tras las desafortunadas insinuaciones por parte de la Alcaldesa, Lourdes Borrell
de la utilización de Entidades y Asociaciones, por parte de ICV en contra del equipo de gobierno.No farem una oposició destructiva com la que hem rebut aquest últims vuit anys, utilitzant entitats i associacions en contra de l’equip de govern, que a més, no li ha permès a ICV tenir una majoria absoluta. 
 No se a parado a pensar, que quizas la forma de gobernar,  sin tener en cuenta a sus ciudadanos gestionando mal los servicios (residuos, limpieza viaria, jardineria, etc.)
dando por sentado que los votos de 11 concejales, valian mas que las firmas y el sentimiento, de miles de ciudadanos.
-Metro L3 (mirando mas los intereses de sant joan despi que los de sant feliu)
-PGM (en contra de todo un barrio y decenas de entidades)
- Aparcamiento de Can Calders ( en contra de miles de vecinos)
- Escuela de Adultos
- Sala Iberia etc etc.....
  Han tenido mas la culpa, porque quien siembra vientos recoje tempestades
Nosotros como entidad tenemos total independencia con respecto a los partidos porque dentro hay gente de todas las ideologias, solo miramos por el bien de nuestro Barrio y de Sant Feliu sin mirar partidos, sean del color que sean. 
  Hay que  hacer autocritica de los errores y no ver conspiraciones judeo-masonicas.
                                                                                                                       Francisco Jimenez

sábado, 4 de junio de 2011

Fronteras, migraciones y justicia global

Ante la conversión del fenómeno migratorio en producto masivo planetario, la exigencia de superar la concepción tradicional de las fronteras nacionales – emblema de la soberanía estatal – se torna perentoria. La intensidad alcanzada por dicho fenómeno hace saltar por los aires el escenario jurídico-político habitual de realización tanto de la justicia social como de la democracia: los Estados nacionales. En la práctica, los principios de la justicia tienen unos límites materiales muy precisos: las fronteras. En ellas se hace concreto el primado de la lógica estatal, una lógica incompatible con las exigencias universalistas de la justicia. Sin embargo, resulta difícil de aceptar sin más que un asunto tan azaroso como el trazado de las fronteras – producto de contingencias históricas, luchas territoriales, choques culturales o actos burocráticos – haya de tomarse como una circunstancia moralmente relevante a la hora de definir y aplicar principios de justicia.
Nadie elige el lugar de su nacimiento y, por tanto, nadie puede responder por ello. Aquellos que no son inmigrantes tampoco han hecho nada para convertirse en miembros de su sociedad. Sin embargo, una frontera levantada con criterios administrativos hace que, según el lado en que se haya nacido, uno disfrute ya de entrada de infinidad de oportunidades materiales o carezca de lo más mínimo para llevar una vida digna, uno tenga reconocidos derechos y libertades básicos o se encuentre privado de cualquier protección jurídica. En ocasiones, en virtud de la interposición de fronteras se dejan en suspenso incluso alguna de las obligaciones más básicas en las relaciones interpersonales, como podría ser el deber de auxilio. Al darse por bueno el clásico esquema westfaliano basado en el Estado territorial soberano se está admitiendo que “el sentido de la justicia se refracta al traspasar las fronteras, como la luz al cambiar de medio” (Álvarez 2007, 154). Y lo peor no es ciertamente que esta posición encuentre reflejo en las construcciones teóricas más reputadas, sino que represente el motivo central de tantas prácticas políticas. Como cabe observar con harta frecuencia, los principios de justicia se olvidan cuando se traspasan las fronteras y sobre ellos adquieren primacía los intereses nacionales particulares.
Para modificar el panorama arriba enunciado se necesitan nuevas estructuras político-conceptuales con las que poder desarrollar un modelo de convivencia en el que “los accidentes de nacimiento y origen nacional no viciaran desde el principio y en todos los sentidos las opciones vitales de las personas” (Nussbaum 2007, 22). No cabe determinar si una sociedad es justa sin evaluar los criterios por los que se regula la pertenencia a ella, así como los criterios que permiten el acceso, la movilidad y la permanencia de las personas en su territorio. Por ello, tanto los criterios para la adquisición de la ciudadanía como los criterios de fijación de las fronteras y de sus consecuencias normativas constituyen cuestiones ineludibles para una teoría de la justicia.
Si se acepta que todos los seres humanos tenemos el deber de ayudar a nuestros congéneres que se encuentran en un estado de necesidad extrema, no resulta muy defendible argüir que tal deber decae completamente con respecto a quienes se encuentran más allá de las fronteras del territorio estatal en el que uno vive. En este caso, haríamos nuestra una dudosa noción de responsabilidad moral. Violaríamos además el principio de no discriminación, de igual consideración de todos los seres humanos. Esto no implica, sin embargo, negar que existan deberes especiales con respecto a aquéllos con quienes se ha establecido un sistema reconocido de cooperación y responsabilidades mutuas. Pero con todo, y pese a la legitimidad de esta vía de argumentación, al adentrarnos en ella es fácil incurrir en discusiones sobre la naturaleza de la obligación moral que en el fondo no son decidibles racionalmente. Por ello resulta preferible incidir dialécticamente en las consecuencias pragmáticas que, a escala global, tiene el obrar de manera no solidaria.
Aunque difícilmente se llegue a un consenso sobre ellas, tiene sentido plantearse cuestiones del siguiente tenor: ¿existe un deber de asistencia, basado en la apelación a la justicia, más allá de los límites de la comunidad de la que formamos parte y con la que nos encontramos ligados por vínculos de cooperación mutua y reciprocidad? O, por el contrario, ¿no están vinculados todos los deberes a un contexto de interacción social determinado? Es posible que muchas personas coincidan en juzgar como algo arbitrario limitar el ámbito espacial de aplicación de las normas morales, de los deberes y obligaciones. Pero también serían muchos quienes discrepasen a la hora de considerar irrelevante el hecho de que los destinatarios de nuestras labores de asistencia pertenezcan a nuestra propia comunidad. Si bien es un hecho constatable que esta última opinión está enormemente extendida, quizás obedezca a una falta de información acerca de cuál sea el ámbito real de interacción. Si esto es así, parece más pragmático argüir de manera consecuencialista, pues limitar nuestra comunidad de pertenencia a determinadas fronteras políticas implica desconocer que la humanidad entera comparte de facto un mismo mundo, que todos estamos continuamente interactuando y estableciendo transacciones.
Más allá de los imperativos ineludibles de una economía globalizada, en las últimas décadas se han ido haciendo presentes toda una serie de cuestiones y desafíos cuya etiología y resolución trascienden los límites estatales. No se trata de una mera suma de cuestiones puntuales, aunque destacadas, sino algo mucho más serio y relevante: que la especie humana en su conjunto constituye una comunidad que, quiera o no, comparte un riesgo global, como señala Ulrich Beck. Esa serie de riesgos compartidos (cambio climático, pandemias, flutuaciones de los mercados financieros, etc.) por toda la comunidad de los humanos plantea la cuestión del papel que al Estado-nación le cabe desempeñar frente a unos problemas que no se detienen ante las fronteras espaciales entre Estados ni tampoco ante las fronteras temporales entre generaciones. En este contexto, las fronteras estatales o bien se han vuelto enormemente porosas o bien han perdido gran parte de su relevancia y funcionalidad. De ahí que no se pueda seguir negando por más tiempo la capitidisminuida proyección del Estado, su progresiva obsolescencia como forma básica y ordinaria de organización política. De hecho, cada día resulta más patente la brecha entre el ámbito decisorio institucional y el universo en el que se producen y distribuyen los recursos necesarios para la toma y ejecución de las decisiones. Pero las limitaciones que presenta los Estados como unidad política básica no afectan únicamente al plano de la eficacia, sino también al de los principios y fines de la política. En este sentido, la lógica propia del Estado como forma de organización política no resulta ni propicia ni sensible a una visión multilateral de las relaciones internacionales.
Aún está por resolver en clave democrática la cuestión relativa a las consecuencias derivadas de la creciente interdependencia de todos los pueblos, pero cuestiones tan cruciales como el respeto de los derechos humanos, el equilibrio ecológico del planeta o la gestión democrática de los flujos migratorios mundiales precisan de un cambio en profundidad de los principios estructurales del orden mundial y, en particular, del derecho internacional en lo referente, al menos, a la no intervención en asuntos de la jurisdicción interna, la igualdad soberana de todos los Estados o la cooperación entre ellos. Al establecimiento de un orden mundial diferente haría referencia precisamente el art. 28 de la DUDH: “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos”. De este artículo se deduce que una de las funciones básicas del concepto de derechos humanos es la de servir como criterio para conformar las instituciones no sólo nacionales sino también internacionales.
Es cierto que ni los entramados jurídicos e institucionales ni la legitimidad moral garantizan por sí mismos la resolución de los conflictos, pero sin ellos parece difícil que pueda ni siquiera plantearse una respuesta eficaz. En un marco global, en donde se hacen presentes cada vez con más fuerza problemas sistémicos de alcance planetario, se requiere que todos los Estados pongan en común recursos, tecnología, servicios de información y también su autoridad, esto es, se precisa una respuesta necesariamente multilateral y coordinada, que haga también posible reestructurar radicalmente el sistema económico mundial de acuerdo con las obligaciones de justicia. Se requeriría articular una instancia o agencia de alcance realmente planetario para que redistribución que no se quedase en cambios cosméticos ni en apelaciones retóricas, sino que afectara al nivel estructural.